CASOS EN LOS QUE LA EXTRADICIÓN PUEDE SER DENEGADA
La extradición puede ser denegada (motivos facultativos) en los supuestos siguientes:
Cuando se tuvieran razones fundadas para creer que la solicitud de extradición, motivada por un delito de naturaleza común, se ha presentado con el fin de perseguir o castigar a una persona por consideraciones de raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas, o que dicha persona corre riesgo de verse agravada por tales consideraciones.
Cuando la persona reclamada sea menor de dieciocho años en el momento de la demanda de extradición y, teniendo la residencia habitual en España, se considere que la extradición puede impedir su reinserción social, sin perjuicio de adoptar las medidas más apropiadas.
Cuando el delito se hubiera cometido fuera del territorio del país que solicite la extradición, si la legislación española no autoriza la persecución de un delito del mismo género cometido fuera de España.